SE(i)
1 Cuando alguno tomare mujer y se casare con ella, si después no le agradare por haber hallado en ella alguna cosa torpe, le escribirá carta de repudio, y se la entregará en su mano, y la despedirá de su casa.
2 Y salida de su casa, podrá ir y casarse con otro varón.
3 Y si la aborreciere el postrer varón, y le escribiere carta de repudio, y se la entregare en su mano, y la despidiere de su casa; o si muriere el postrer varón que la tomó para sí por mujer,
4 no podrá su primer marido, que la despidió, volverla a tomar para que sea su mujer, después que fue inmunda; porque es abominación delante del SEÑOR, y no contaminarás la tierra que el SEÑOR tu Dios te da por heredad.
5 Cuando tomare alguno mujer nueva, no saldrá a la guerra, ni en ninguna cosa se le ocupará; libre estará en su casa por un año, para alegrar a su mujer que tomó.
6 No tomarás en prenda la muela de molino, ni la de abajo ni la de arriba, porque sería prendar la vida.
7 Cuando fuere hallado alguno que haya hurtado persona de sus hermanos los hijos de Israel, y hubiere mercadeado con ella, o la hubiere vendido, el tal ladrón morirá, y quitarás el mal de en medio de ti.
8 Guárdate de llaga de lepra, guardando diligentemente, y haciendo según todo lo que os enseñaren los sacerdotes levitas; cuidaréis de hacer como les he mandado.
9 Acuérdate de lo que hizo el SEÑOR tu Dios a María en el camino, después que salisteis de Egipto.
10 Cuando dieres a tu prójimo alguna cosa prestada, no entrarás en su casa para tomarle prenda.
11 Fuera estarás, y el hombre a quien prestaste, te sacará afuera la prenda.
12 Y si fuere hombre pobre, no duermas con su prenda.
13 Sin falta le devolverás la prenda cuando el sol se ponga, para que duerma en su ropa, y te bendiga; y te será justicia delante del SEÑOR tu Dios.
14 No hagas violencia al jornalero pobre y menesteroso, así de tus hermanos como de tus extranjeros que están en tu tierra en tus ciudades.
15 En su día le darás su jornal, y el sol no se pondrá sobre él; pues es pobre, y con él sustenta su vida; para que no clame contra ti al SEÑOR, y sea en ti pecado.
16 Los padres no morirán por los hijos, ni los hijos por los padres; cada uno morirá por su pecado.
17 No torcerás el derecho del extranjero ni del huérfano; ni tomarás por prenda la ropa de la viuda;
18 mas acuérdate que fuiste siervo en Egipto, y de allí te rescató el SEÑOR tu Dios; por tanto, yo te mando que hagas esto.
19 Cuando segares tu mies en tu tierra, y olvidares alguna gavilla en el campo, no volverás a tomarla; del extranjero, o del huérfano, o de la viuda será; para que te bendiga el SEÑOR tu Dios en toda obra de tus manos.
20 Cuando sacudieres tus olivas, no recorrerás las ramas tras ti; del extranjero, del huérfano, y de la viuda será.
21 Cuando vendimiares tu viña, no rebuscarás tras ti; del extranjero, del huérfano, y de la viuda será.
22 Y acuérdate que fuiste siervo en tierra de Egipto; por tanto, yo te mando que hagas esto.