ReinaValera(i)
34 Cuando hubieres entrado en la tierra de Canaán, la cual yo os doy en posesión, y pusiere yo plaga de lepra en alguna casa de la tierra de vuestra posesión,
35 Vendrá aquél cuya fuere la casa, y dará aviso al sacerdote, diciendo: Como plaga ha aparecido en mi casa.
36 Entonces mandará el sacerdote, y despejarán la casa antes que el sacerdote entre á mirar la plaga, por que no sea contaminado todo lo que estuviere en la casa: y después el sacerdote entrará á reconocer la casa:
37 Y mirará la plaga: y si se vieren manchas en las paredes de la casa, cavernillas verdosas ó rojas, las cuales parecieren más hundidas que la pared,
38 El sacerdote saldrá de la casa á la puerta de ella, y cerrará la casa por siete días.
39 Y al séptimo día volverá el sacerdote, y mirará: y si la plaga hubiere crecido en las paredes de la casa,
40 Entonces mandará el sacerdote, y arrancarán las piedras en que estuviere la plaga, y las echarán fuera de la ciudad, en lugar inmundo:
41 Y hará descostrar la casa por dentro alrededor, y derramarán el polvo que descostraren fuera de la ciudad en lugar inmundo:
42 Y tomarán otras piedras, y las pondrán en lugar de las piedras quitadas; y tomarán otro barro, y encostrarán la casa.
43 Y si la plaga volviere á reverdecer en aquella casa, después que hizo arrancar las piedras, y descostrar la casa, y después que fue encostrada,
44 Entonces el sacerdote entrará y mirará; y si pareciere haberse extendido la plaga en la casa, lepra roedora está en la casa: inmunda es.
45 Derribará, por tanto, la tal casa, sus piedras, y sus maderos, y toda la mezcla de la casa; y lo sacará fuera de la ciudad á lugar inmundo.