SE(i)
10 Cuando dieres a tu prójimo alguna cosa prestada, no entrarás en su casa para tomarle prenda.
11 Fuera estarás, y el hombre a quien prestaste, te sacará afuera la prenda.
12 Y si fuere hombre pobre, no duermas con su prenda.
13 Sin falta le devolverás la prenda cuando el sol se ponga, para que duerma en su ropa, y te bendiga; y te será justicia delante del SEÑOR tu Dios.