JBS(i)
15 Estas seis ciudades serán de refugio para los hijos de Israel, y al peregrino, y al que morare entre ellos, para que huya allá cualquiera que hiriere de muerte a otra persona por yerro.
16 Y si con instrumento de hierro lo hiriere y muriere, homicida es; el homicida morirá.
17 Y si con piedra de mano, de que pueda morir, le hiriere, y muriere, homicida es; el homicida morirá.
18 Y si con instrumento de palo de mano, de que pueda morir, le hiriere, y muriere, homicida es; el homicida morirá.
19 El pariente vengador {Heb. redentor} de la sangre del muerto, él matará al homicida; cuando lo encontrare, él le matará.
20 Y si con odio lo empujó, o echó sobre él alguna cosa por asechanzas, y muere;
21 o por enemistad lo hirió con su mano, y murió; el heridor morirá; es homicida; el pariente vengador {Heb. redentor} matará al homicida, cuando lo encontrare.
22 Mas si casualmente le empujó sin enemistades, o echó sobre él cualquier instrumento sin asechanzas,
23 o bien, sin verle, hizo caer sobre él alguna piedra, de que pudo morir, y muriere, y él no era su enemigo, ni procuraba su mal;
24 entonces la congregación juzgará entre el heridor y el pariente vengador {Heb. redentor} de la sangre conforme a estas leyes.